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Plantean 'separación funcional' en ley de GN

Mientras el bloque opositor planteó la necesidad de que elementos solicitaran licencia para garantizar su carácter civil, y el de sus mandos, el Gobierno federal se opuso. Foto: Archivo
Los elementos de las Policías Militar y Naval que sean asignados a la Guardia Nacional (GN) deberán cumplir con una "separación funcional" de las Fuerzas Armadas, quedando sujetos al fueron civil.
martes, 21 de mayo de 2019
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Antonio Baranda y Martha Martínez
Agencia/Reforma
Cd. de México (21 mayo 2019).-

Los elementos de las Policías Militar y Naval que sean asignados a la Guardia Nacional (GN) deberán cumplir con una "separación funcional" de las Fuerzas Armadas, quedando sujetos al fueron civil.

Así lo establece la iniciativa de Ley de la Guardia Nacional que acordaron los grupos parlamentarios en el Senado, y que será votada en la sesión de este martes

"Estar funcionalmente separados de su institución armada de origen y adscritos a la Guardia Nacional sujetos a la disciplina, fuero civil y cadena de mando establecidos en esta Ley", indica.

El fuero de los militares y marinos que sean adscritos a la GN fue el tema que más diferencias generó durante la construcción de la iniciativa.

Mientras el bloque opositor planteó la necesidad de que solicitaran licencia para garantizar su carácter civil, y el de sus mandos, el Gobierno federal se opuso.

La salida que encontraron las bancadas fue la "separación funcional" de la institución armada de que provenga.

El coordinador del PRD en el Senado, Miguel Ángel Mancera, indicó que esta figura va más allá de la licencia.

Explicó que implica que estén sujetos al mando civil y separados de la cadena de mando militar.

"Es decir, estarán sujetos a la cadena de mando civil y a las disposiciones de la Guardia Nacional, no hay duda pues", expresó.

La iniciativa aclara que los militares y marinos asignados a la GN conservarán el grado, rango y prestaciones adquiridas.

En el caso de que retornen a la Fuerza Armada permanente, agrega la iniciativa, le serán reconocidas la antigüedad, ascensos y condecoraciones obtenidos en la institución policial.

"El personal de la Fuerza Armada permanente que sea transferido a la Guardia Nacional asumirá un carácter plenamente civil por la naturaleza de las funciones y las características de la nueva institución policial de la Federación", agrega.

Dentro de la estructura de la GN habrá 14 grados que se agruparán en cuatro conjuntos: Comisarios, Inspectores, Oficiales y la Escala Básica.

El grado mínimo sea el de guardia y el máximo el de comisario general.

"Este cuerpo podrá desempeñar, de conformidad con los convenios de colaboración que se suscriba con las entidades federativas o, en su caso, los municipios, labores policiales en esos ámbitos de responsabilidad en materia de seguridad pública", indica.
Buscan prohibir uso de fuerza letal
La iniciativa de la nueva Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza establece que los agentes de seguridad sólo podrán hacer uso de fuerza letal cuando esté en riesgo su vida, pero nunca en contra de manifestaciones pacíficas.

"Por ningún motivo se podrá hacer uso de armas contra quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas pacíficas con objeto lícito", indica el artículo 27 de la iniciativa.



De acuerdo con el documento, cuando las manifestaciones se tornen violentas, las Policías deberán actuar de acuerdo con los distintos niveles de fuerza establecidos por la ley, los cuales van desde la persuasión hasta la utilización de armas de fuego para repeler la resistencia de alta peligrosidad.



La iniciativa señala que los agentes tienen derecho a responder a una agresión utilizando fuerza letal cuando esté en peligro inminente su integridad física, con riesgo de muerte.



Cuando esto ocurra, agrega, deberán llenar un reporte pormenorizado que especificará nivel de fuerza utilizado, circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos, así como las razones que motivaron la decisión de emplear dicho nivel de fuerza.



En caso de haber utilizado armas letales, indica el artículo 33, el informe deberá establecer las razones que tuvieron para el uso del arma de fuego o explosivo, identificar el número de disparos o la cantidad de detonaciones.



Asimismo, detallar el tipo de lesiones causadas, el número y la identidad de las personas lesionadas y los daños materiales causados.

En su caso, agrega, deberá contener el número e identidad de las personas que hayan perdido la vida.

 

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