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Qué hacer si pierdes las escrituras de tu casa

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Existen tres alternativas para conseguir una copia certificada de las escrituras que te legitiman como propietario.
martes, 14 de octubre de 2025
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Agencia/Reforma

¿Perdiste las escrituras de tu vivienda? No te alarmes, esto no significa que también hayas perdido la propiedad de tu inmueble, de acuerdo con los especialistas.

Ernesto Pérez Charles, titular de la Notaría Pública 133, explica que existen tres alternativas para conseguir una copia certificada de las escrituras que te legitiman como propietario.

Este documento tiene el mismo valor que el original, dice el fedatario.

Además, menciona que obtener estas copias es un trámite sencillo.

1. Acude con el Notario

Primero debes identificar la Notaría Pública en la cual elaboraron las escrituras del inmueble.

Si sabes ante qué notario se firmó el documento, acude directamente a esa oficina para solicitar la copia certificada.

Otra opción es pedir al fedatario un segundo testimonio de la escritura.

2. Ve al Archivo

Si no recuerdas en cuál Notaría firmaste las escrituras o el libro al que corresponden ya está entregado al Archivo General de Notarías del Estado, es posible acudir a esta dependencia para pedir la copia certificada.

3. Solicítala en el Registro Público

El fedatario explica que otra alternativa es ir al Registro Público de la Propiedad para tramitar el documento.

Pérez Charles menciona que el costo por obtener una copia certificada de las escrituras depende de la opción que se elija.

"En los tres casos se paga no más de mil pesos", detalla.

Sin embargo, debes considerar que en el Archivo General de Notarías y en el Registro Público de la Propiedad se pagan 226 pesos de derechos, más el costo de las copias, según el número de hojas.

¿Qué pasa si alguien las tomó?

En caso de que otra persona se haya quedado con las escrituras de tu casa, es importante que sepas que esto no significa que ahora tiene la propiedad de esta.

"El propietario no es el que tiene el testimonio, sino quien aparece como propietario en los folios del notario y en el Registro Público de la Propiedad", explica Pérez Charles.

 

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