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Concluye plazo en IETAM

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- Para la recepción de notificaciones de intención de organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse como partido político local, acudieron cuatro
miércoles, 1 de febrero de 2023
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Conforme a lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos y en los Lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales, las organizaciones de la ciudadanía que pretendan constituirse como partidos políticos locales, deberán obtener su registro ante el respectivo Organismo Público Electoral que corresponda.

En este caso, hoy 31 de enero de 2023, a las 23:59 horas, la Oficialía Electoral del IETAM se constituyó en la Oficialía de Partes del IETAM y levantó constancia del vencimiento del plazo para que las organizaciones interesadas informen al Instituto Electoral de Tamaulipas, dicho propósito, de conformidad con el artículo 11, numeral 1, de la citada Ley General.

Así, el Instituto Electoral de Tamaulipas hace del conocimiento de la ciudadanía que, al vencimiento del plazo legal, cuatro (4) asociaciones civiles manifestaron la intención de constituirse como de partidos políticos locales:

1.- Fortalecimiento Rural Campesino, A.C.

2.- Organización Ciudadana Juntos Avanzamos, A.C.

3.- Ciudadanos por constituirse en Encuentro Solidario Tamaulipas, A.C.

4.- Auténtico Movimiento Libre Organizado, A.C.

Con la recepción de las manifestaciones de intención dieron inicio las actividades previstas en los Lineamientos a efecto de corroborar que dichas asociaciones presentaron junto con su manifestación de intención la documentación prevista en la normatividad y que cumplen con los requisitos.

En su oportunidad el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas conocerá de los proyectos de Acuerdo que someta a su consideración la Comisión de Prerrogativas, Partidos y Agrupaciones Políticas, en los cuales se dictamine, en su caso, la procedencia o improcedencia de las manifestaciones de intención recibida.

Es importante señalar que las organizaciones cuyas manifestaciones de intención resulten procedentes, deberán programar la realización de asambleas en cuando menos las dos terceras partes de los municipios o distritos electorales locales de la entidad, siempre en presencia de funcionariado del Instituto Electoral de Tamaulipas, quienes certificarán que las y los ciudadanos concurrieron, participaron, que suscribieron el documento de afiliación, que asistieron libremente y conocieron y aprobaron la declaración de principios, el programa de acción y estatutos y que eligieron a delegadas y delegados a la asamblea local constitutiva.

Cabe hacer mención, que a las organizaciones que presenten su intención de constituirse como partido político local, desde el momento del aviso de intención, hasta que se resuelva la procedencia o no del registro, deberá informar mensualmente respecto del origen de sus recursos, los cuales serán sujetos de fiscalización por parte del Instituto.

El Instituto Electoral de Tamaulipas refrenda su convicción en cuanto a que en las sociedades modernas y democráticas los partidos políticos juegan un papel relevante, por su contribución a los procesos electorales, a la integración de las instituciones de representación y de gobierno; a la socialización política; formación de la opinión pública, y a la propia dinámica producto de diversas opciones de proyectos y programas políticos, al tiempo que propician un juego institucional de pesos y contrapesos necesarios para la vida democrática.

 

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