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Prohibirán en 4T piropos, bromas y contacto 'sugestivo'

Con el Código de Ética, SFP busca combatir corrupción en el Gobierno federal; impulsar el comportamiento ético de las personas servidoras públicas; y alcanzar una cultura de servicio público austero. Foto: Tomada de Internet
Entre dichas conductas están realizar señales "sexualmente sugerentes" con las manos o a través de los movimientos del cuerpo.
martes, 18 de enero de 2022
Por: Antonio Baranda
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Agencia/Reforma

Cd. de México (18 enero 2022).- El Gobierno federal se dispone a prohibir a sus servidores públicos conductas como piropos, bromas "sugerentes", contacto físico "sugestivo" y envío no solicitado de mensajes o imágenes de naturaleza sexual.

Así lo dispone el nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal, que fue elaborado por la Secretaría de la Función Pública y turnado para su revisión final a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

En el Capítulo 2, titulado "Principios del Servicio Público", se enlistan una serie de conductas que las personas servidoras públicas deben evitar para garantizar el respeto y protección a los derechos humanos, así como la dignidad de todas las personas.

Entre dichas conductas están realizar señales "sexualmente sugerentes" con las manos o a través de los movimientos del cuerpo; y tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones y hacer regalos.

Asimismo, manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona; espiar a una persona en su intimidad o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario; y expresar comentarios, burlas, piropos o bromas referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, ya sea presenciales o a través de algún medio de comunicación.

"Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual; emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las personas o pretenda colocarlas como objeto sexual", agrega el Código publicado en la plataforma de la Conamer.

"Preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual; exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora".

También estará expresamente prohibido difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona, expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual, y mostrar deliberadamente "partes íntimas" del cuerpo a una o varias personas.

El Código también prohíbe conductas para asegurar la legalidad como realizar procesos de selección de personal en los que no se considere la competencia por mérito y hacer actos de proselitismo durante los periodos restringidos por autoridades electorales.

El artículo 8, relativo a la "lealtad", establece que deben corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido mediante vocación de servicio y profesionalismo por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés público.

Para ello, las personas servidoras públicas deben evitar desempeñar el empleo, cargo o comisión, con una actitud negativa de servicio o de manera no cordial y favorecer indebidamente a intereses particulares o de empresas, "en perjuicio del interés general y bienestar de la población".

Con este Código, la SFP busca combatir la corrupción en el Gobierno federal; impulsar el comportamiento ético de las personas servidoras públicas; y alcanzar una cultura de servicio público austero y de excelencia, cimentado en principios, valores y reglas de integridad.

 

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