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Recapturan a la esposa de 'El Mencho'

Rosalinda González Valencia. Foto: Archivo
Rosalinda González Valencia, esposa de Nemesio Oseguera, "El Mencho", líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), fue detenida ayer por militares en Zapopan, Jalisco
martes, 16 de noviembre de 2021
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Agencia Reforma

Cd. de México (16 noviembre 2021).- Rosalinda González Valencia, esposa de Nemesio Oseguera, "El Mencho", líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), fue detenida ayer por militares en Zapopan, Jalisco, informó la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La mujer cuenta con una orden de aprehensión y está señalada por diversos delitos y se le relaciona de manera directa con la operación financiera ilícita del CJNG.

"Mediante la planeación y puesta en marcha de manera coordinada de actividades de inteligencia en el Municipio de Zapopan, Jalisco, elementos del Ejército Mexicano lograron la ubicación, identificación y detención de Rosalinda 'N', lo que se considera un golpe significativo para la estructura financiera de la delincuencia organizada en el estado de Jalisco", presumió la Sedena en un comunicado.

La detenida fue puesta a disposición otra vez de las autoridades judiciales competentes en el Centro Federal de Readaptación Social No. 16 "CPS Femenil Morelos" en Coatlán del Río, Morelos.

La acción del Ejército se llevó a cabo en colaboración con la Fiscalía General de la República (FGR) y coordinación con el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), indicó.

En septiembre de 2018, Rosalinda González Valencia obtuvo su libertad del Penal Federal Femenil de Morelos donde se encontraba recluida tras cubrir una fianza que rondó los 1.5 millones de pesos.

La mujer fue detenida en Zapopan el 26 de mayo acusada de delincuencia organizada.

El pasado 3 de junio se publicó que un juez federal vinculó a proceso a la esposa de "El Mencho" por estar relacionada con una red de 73 empresas y personas físicas que habrían blanqueado mil 100 millones de pesos entre 2015 y 2016.

Sin embargo, el juzgador concluyó que no había datos de prueba suficiente para procesar a la imputada por el delito de delincuencia organizada y que sólo existían datos de prueba mínimos para procesarla por la acusación de lavado.

 

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