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Sanciona INE a empresas por financiamiento indebido a Bronco

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- El INE aprobó sanciones a 21 empresas y 24 personas que ascienden a 3.9 mdp por financiamiento indebido a la campaña del Bronco en 2018
miércoles, 27 de enero de 2021
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CD. DE MEXICO

/REFORMA

A tres años de ocurridos los hechos, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó sanciones a 21 personas morales y 24 personas por violar la ley electoral durante la recolección de apoyos para la candidatura presidencia del entonces aspirante independiente Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, "El Bronco".

"(Las sanciones) corresponden a procedimientos iniciados por vistas que dio este Consejo General, con motivo de la aportación de personas morales, a la campaña de Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, otrora candidato a la Presidencia de la República en el 2018, donde se acredita la participación de 21 personas morales y 24 personas físicas, dando sanciones que en su conjunto ascienden a poco más de 3.9 millones de pesos", expuso en la sesión el consejero electoral Ciro Murayama.

El consejero, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, instancia que presentó los dictámenes al Consejo para su aprobación en la sesión ordinaria celebrada este miércoles, dijo que las sanciones se aplicaban con base en criterios presentados en casos similares por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

Los dos expedientes resueltos tienen que ver con aportaciones realizadas durante el proceso electoral 2017-2018; uno cuando era aspirante independiente, y otro cuando ya obtuvo la candidatura.

En el primer expediente se analizaron irregularidades atribuidas a Grupo Comercial Gutren, S.A. de C.V.; ATTAR 2715 S.C. y Piserra Construcciones, S.A. de C.V., derivado de la aportación de $6,521,179.00 (seis millones quinientos veintiún mil ciento setenta y nueve pesos).

En este caso, los consejeros aprobaron sobreseer el procedimiento sancionador en contra de Grupo Comercial Gruten, S.A. de C.V. y Piserra Construcciones, pero consideraron acreditada la infracción a la normativa electoral por aportaciones indebidas de la empresa Attar 2715, S. A. de C.V.

"Se impone a Attar 2715, S.C., una sanción consistente en una multa de 3,136 Unidades de Medida y Actualización, equivalentes a $252,761.6 (doscientos cincuenta y dos mil setecientos sesenta y un pesos 6/100 M.N.), por la aportación de dinero a favor de Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón", dice el resolutivo tercero del acuerdo aprobado.

En el segundo expediente , iniciado en contra del ya entonces candidato independiente, el INE aprobó sanciones por la presunta aportación indebida por parte de 20 personas morales, por interpósita persona de 24 personas física, durante ese proceso electoral 2017-2018.

El acuerdo en su resolutivo primero señala que "no se acreditó la infracción" de 6 personas morales y 6 personas físicas; Adsonia Consultores, S.A.

de C.V., Bufete de Ingenieros Constructores Ag, S.A. de C.V. Proyecciones Inmobiliarias Majadahonda, S.A. de C.V. Inmobiliaria Kildax, S.A. de C.V. Integradora Gehv, S.A.

de C.V. Proyecciones y Desarrollos Inmobiliarios México, S.A, asi como Alejandro Morales Chávez, Pablo Francisco Anaya Gómez, Sergio Timoteo Chávez Gallardo, Joaquín Cázares Hernández, Hervey Morton Sánchez y el mismo candidato Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón.

En el segundo punto de la resolución se considera acreditada la infracción de empresas que utilizaron a una veintena de personas físicas para hacer aportaciones a la campaña de El Bronco, violando la ley.

"En el presente asunto quedó acreditado que los sujetos referidos (...) contravinieron lo dispuesto en la normativa electoral, al realizar aportaciones en dinero, por interpósita persona en la cuenta bancaria de la Asociación", señala el resolutivo.

El acuerdo refiere violaciones a los artículos 401 y 447 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), y el artículo 54 de la Ley General de Partidos Políticos.

"Las conductas realizadas por las personas físicas y morales mencionadas, materializó una aportación en dinero, por interpósita persona, en favor del aspirante Jaime Rodríguez, tal como fue detectado por la UTF; por tanto, se configuró una sola conducta, que representa una infracción a lo dispuesto a los artículos de referencia", añade el acuerdo aprobado.

 

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