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Piden a Corte invalidar militarización de puertos

La Semar ya tenía atribuciones de vigilancia en zonas marinas mexicanas, costas y puertos. Foto: Archivo
Senadores de Oposición pidieron a la Suprema Corte de Justicia invalidar la reforma legal que transfiere el control de los puertos a la Secretaría de Marina (Semar), por considerarla una extensión inconstitucional de facultades de un órgano militar para realizar tareas civiles.
jueves, 14 de enero de 2021
Por: Víctor Fuentes
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Agencia/Reforma

Cd. de México (14 enero 2021).- Senadores de Oposición pidieron a la Suprema Corte de Justicia invalidar la reforma legal que transfiere el control de los puertos a la Secretaría de Marina (Semar), por considerarla una extensión inconstitucional de facultades de un órgano militar para realizar tareas civiles.

La Presidencia de la Corte turnó este miércoles la acción de inconstitucionalidad 2/2021 a una ministra instructora, para que acuerde la admisión de la demanda y emplace a los poderes Legislativo y Ejecutivo para contestarla.

El máximo tribunal no tendrá plazo para resolver este juicio, que una vez admitido, no suspenderá la reforma publicada el 7 de diciembre, que transforma radicalmente la operación de los puertos y la marina mercante, pero que entrará en vigor hasta junio de este año.

"La impugnación se realiza en tanto que la reforma, por un lado, transfiere las facultades de marina mercante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a la Semar, y por otro, transfieren las facultades en materia de seguridad de puertos de la autoridad civil a la Semar, en tanto autoridad castrense", explicaron los senadores inconformes.

La Corte tendría que analizar los alcances del artículo 129 de la Constitución, que no ha sido reformado desde 1917, y que establece:

"En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar".

Si bien el actual Gobierno ha transferido múltiples funciones civiles a la milicia, este es sólo el segundo asunto que llega a la Corte sobre el tema, pues el primero, aún pendiente de sentencia, fue la controversia de la Cámara de Diputados contra el decreto Presidencial para usar a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública hasta 2024.

La Semar ya tenía atribuciones de vigilancia en zonas marinas mexicanas, costas y puertos, pero la reforma a las leyes de Navegación y Comercio Marítimos, de Puertos y de la Administración Pública Federal, prácticamente eliminó a los civiles de esta rama del Gobierno.

Las nuevas facultades de la Armada incluyen lo siguiente: regular las comunicaciones y transportes por agua; construcción de obras portuarias y de dragado; regular, promover y organizar a la marina mercante, así como otorgar licencias y permisos y fijar requisitos a su personal técnico.

Además, crear normas de operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes por agua y las tarifas de los mismos; fija tarifas y reglas de aplicación de las maniobras y servicios marítimos y portuarios; administrar los puertos centralizados y coordinar los de la administración paraestatal, así como otorgar concesiones y permisos para ocupación de zonas federales dentro de los recintos portuarios.

Eso quiere decir que los militares serán los nuevos superiores de las Administraciones Portuarias Integrales (APIs), las 16 empresas paraestatales que por décadas han controlado la mayoría de los puertos, y que si bien en ocasiones han sido dirigidas por mandos de la Semar, estaban sectorizadas en la SCT.

Lo que pasará de SCT a la Marina

Coordinación General de Puertos y Marina Mercante;

Dirección General de Puertos;

Dirección General de Marina Mercante;

Dirección General de Fomento y Administración Portuaria;

16 Administraciones Portuarias Integrales;

Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de la Marina Mercante;

Fideicomiso del Fondo para el Fortalecimiento a la Infraestructura Portuaria.

 

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