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Apura a Aeromexico pago por 33.7 mdd

Para continuar con la reestructura financiera en Estados Unidos sin que le cancelen servicios o enfrente auditorías, Aeroméxico debe liquidar 33.7 millones de dólares en menos de 30 días.
martes, 7 de julio de 2020
Por: Azucena Vásquez
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Agencia / Reforma

Cd. de México (07 julio 2020).- Para continuar con la reestructura financiera en Estados Unidos sin que le cancelen servicios o enfrente auditorías, Aeroméxico debe liquidar 33.7 millones de dólares en menos de 30 días.



La aerolínea y algunas de sus filiales iniciaron un proceso de reestructura bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de EU el pasado 30 de junio.



Según documentos de la demanda, en los 21 días después de esta fecha debe pagar 20 millones de dólares por servicios prestados por empresas de carga y de almacenes, esenciales para sus operaciones.



Además, deberá pagar en los 30 días posteriores a la fecha de petición 13.7 millones de dólares por impuestos y tarifas por servicios aeroportuarios.



La compañía, que adeuda casi 5 mil millones de dólares, describió que enfrenta impuestos y tarifas por sus operaciones como aerolínea internacional, que incluyen aranceles aduaneros, de inmigración y seguridad, así como tarifas de Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.



El pago de ciertos impuestos y tarifas es crítico para las operaciones continuas e ininterrumpidas de Aeroméxico y para evitar un daño inmediato e irreparable a los bienes (del deudor).

"El impago puede causar que ciertas autoridades gubernamentales tomen acciones precipitadas, que incluyen, pero no se limitan a eso, auditorías, entre otras medidas.



"La falta de pago de ciertos impuestos y tarifas causaría un daño inmediato e irreparable a los estados de los deudores", alertó.



Pablo Casas Lías, director general Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas, destacó que el proceso que inició la empresa en Estados Unidos no tienen ningún efecto en México.



Explicó que sería así salvo que cada determinación judicial dictada en el extranjero sea homologada en términos del Código Civil Federal y Código Federal del País, lo que suele ser muy difícil y complicado, por lo que sería necesario iniciar un proceso de concurso mercantil bajo la ley mexicana.



"Esto para no dejar en estado de indefensión a todos los acreedores y evitar nulidades de todo lo actuado ante cortes en el extranjero sin jurisdicción nacional", explicó.

 

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