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Desestiman demanda contra Shakira

La cantante Shakira junto con Carlos Vives, foto (Twitter)
El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid desestimó la demanda del compositor cubano Liván Castellano Valdés contra Shakira y Carlos Vives por un supuesto plagio de la canción "La Bicicleta".
jueves, 16 de mayo de 2019
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EFE
Madrid, España (16-May-2019).

El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid desestimó la demanda del compositor cubano Liván Castellano Valdés contra Shakira y Carlos Vives por un supuesto plagio de la canción "La Bicicleta".

El demandante solicitó en el juicio que se declarara que los demandados vulneraron sus derechos de propiedad intelectual y que se le reconociera como cotitular al 50 por ciento de la autoría del tema, así como que se condenara a Shakira y Carlos Vives por daños en la cantidad que el juez estimara.

El juez declara probado que el demandante es autor de la canción "Yo te quiero tanto", editada en 1997, y los demandados de "La bicicleta", compuesta en 2016.

Castellano manifestó que existe plagio de la parte de su tema "Yo Te Quiero Tanto", de 1997, en la que hay un fragmento que dice "Yo te quiero yo te quiero tanto", y en "La Bicicleta", de 2016, hay un fragmento en el que se escucha "Que te sueño y que te quiero tanto".

El juez señaló que el contenido de la letra de ambas canciones no es el mismo y solo se repiten las palabras "te quiero tanto", expresión común utilizada en todo tipo de canciones y textos a lo largo de la historia, no considerándose una expresión que goce de originalidad.

"La expresión 'te quiero tanto' en el ámbito musical está reconocido en multitud de canciones y desde siempre", declaró.

El magistrado destacó que en la declaración de Shakira, se explicó con precisión que Carlos Vives le remitió la canción inicialmente compuesta por él y que ella introdujo una serie de modificaciones, un segundo estribillo en el que reflejaba vivencias personales y el cambio de título, configurándose una canción con multitud de evocaciones y referentes.

El juez determinó que en cuanto a la melodía no hay coincidencia alguna, la velocidad del ritmo y la armonía también son diferentes.

Por todo ello el juez no aprecia una identidad que dé lugar a la configuración de plagio en ambas composiciones musicales.

 

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