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Revoca TEPJF multas por 37mdp a partidos

Para la mayoría, las presuntas conductas ilícitas prescribieron. Foto: Especial
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó este miércoles multas por 37 millones de pesos.
miércoles, 13 de febrero de 2019
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REFORMA

Cd. de México (13 febrero 2019).- La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó este miércoles multas por 37 millones de pesos que había impuesto el Instituto Nacional Electoral (INE) al PRI, PVEM, PAN, PRD, PT, MC y Panal por la presunta dispersión ilegal de recursos a sus representantes generales y de casilla en las elecciones presidenciales de 2012.


De ese monto, la sanción al PRI era de más de 30 millones de pesos, junto con el PVEM, partido con el que compitió coaligado; el resto para los demás partidos.

Las quejas y sanciones a los partidos en 2012 por parte del INE se relacionaban con una supuesta dispersión ilegal de recursos provenientes de un ente no autorizado y realizada a través de tarjetas bancarias de Bancomer (mecanismo similar al que se conoció como el caso de las tarjetas Monex).

Con la decisión de la sala superior, inatacable, se tiró por la borda una indagatoria del INE con diversos obstáculos de más de seis años, que se enfrentó a omisiones en las respuestas de varios de los sujetos involucrados en la misma.

La razón principal de la mayoría de los magistrados, expuesta en sesión pública, fue que se aplicaba en esos casos tanto la prescripción legal de tres años para concluir un procedimiento sancionatorio, una vez iniciado, así como la caducidad para analizar esos presuntos ilícitos, de cinco años, de acuerdo a la legislación electoral vigente en 2012.

Para la mayoría, las presuntas conductas ilícitas prescribieron.

La revocación fue aprobada por todos los magistrados; sin embargo, hubo diferencias en la valoración de las razones para hacerlo.

La magistrada Janine Otálora, ponente en uno de los casos consideró que no se aplicaba la prescripción del caso porque hubo una ampliación de la indagatoria del INE --y no una nueva indagatoria como alegaban algunos magistrados--, que abarcó a cinco partidos adicionales a la queja inicial contra el PRI y PVEM, pero que la manipulación de los datos entregados por Bancomer a la institución electoral habían sido manipulados de manera indebida, lo que quitaba certeza a los resultados.

La mayoría de magistrados consideró que la supuesta ampliación de la indagatoria en diciembre de 2017 implicó en los hechos una nueva investigación del INE contra cinco partidos más, diferentes a los dos originales , ya fuera de tiempo; los magistrados Reyes y Otálora coincidieron que esa ampliación estaba dentro de la indagatoria , y derivada de nuevos datos en poder de la autoridad.

En la discusión se hizo notar que la empresa Bancomer fue requerida por la autoridad electoral en diferentes ocasiones desde que se inició formalmente la indagatoria del INE en enero de 2013, pero esta institución bancaria fue omisa y respondió hasta el 17 de julio de 2017 ( un poco después de cumplirse cinco años de los hechos imputados que habrían ocurrido el 1 de julio de 2012).

El magistrado Reyes dijo que con la revocación de las sanciones se sentaba un precedente inadecuado, pues además una entidad involucrada como era la institución bancaria había tenido una "conducta procesal " de obstaculización de la justicia y lo que estaba en juego no era "un bien menor" sino la necesidad de garantizar competencia electoral en condiciones de equidad.

 

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