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Valida TEPJF triunfo de Alonso en Puebla

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto: Archivo
La Sala Superior del Tribunal Electora del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó invalidar la elección en Puebla, por lo que ratificó el triunfo de la frentista Martha Erika Alonso.
sábado, 8 de diciembre de 2018
Por: Claudia Salazar
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Agencia / Reforma
Cd. de México (08 diciembre 2018).- La Sala Superior del Tribunal Electora del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó invalidar la elección en Puebla, por lo que ratificó el triunfo de la frentista Martha Erika Alonso.



Con los votos a favor de los Magistrados Felipe Fuentes Barrera, José Luis Vargas, Mónica Aralí Soto y en contra de Reyes Rodríguez Mondragón, Indalfer Infante González, Felipe de la Mata y de la Magistrada Presidenta Janine Otálora el Tribunal emitió su resolución final al proyecto de nulidad.

El Magistrado José Luis Vargas explicó el contenido de su sentencia donde mostró videos del mes de agosto donde se ve cómo fueron sacados paquetes electorales de las bodegas del Instituto Electoral de Puebla sin que hubiera registro de ello en las bitácoras correspondientes.

"Como previamente lo referí, en la propuesta queda evidenciado el indebido resguardo de los paquetes electorales en la bodega central del Instituto Electoral.

Todo ello me lleva a concluir que la autoridad electoral local no ejerció a cabalidad la función estatal de organizar las elecciones a la Gubernatura con apego a lo que establece a la Constitución federal y el Código Electoral local, y básicamente, aquí me refiero a la vulneración a principios de rango constitucional, como es el de certeza, legalidad y el de profesionalismo, además de violaciones a la libertad del sufragio", manifestó Vargas.

También, sostuvo que el recuento de votos que hizo el Tribunal Electoral no es válido, porque fue un proceso viciado, pues antes del recuento no hubo la correcta custodia de la paquetería electoral.

"El cúmulo de irregularidades que quedaron acreditadas -a mi modo de ver- resulta sustancial respecto a las condiciones de validez de la contienda, pues éstas se presentaron a partir del desarrollo de la jornada electoral al actualizarse condiciones de violencia en algunas casillas que atentaron contra la emisión del voto ciudadano, libre de presiones.

Además de que se acreditó el robo de documentación electoral, así como el uso de un vehículo oficial para el transporte de papelería", refirió.

Vargas aseguró que se afectó la validez de la elección, ya que las inconsistencias del resguardo impidieron conocer con certeza el resultado.

Resaltó el hecho de que se solicitó al instituto local la información de 53 días en los que el Ople resguardó la paquetería electoral, y sólo se entregó información sobre 12 días entre los que se vio cómo se sacaron los paquetes de la bodega.

Y, expresó que, si de 12 días se vieron irregularidades, qué será de los otros días que no fueron entregados aun cuando fueron requeridos.

En el mismo sentido, el Magistrado Felipe Alfredo Fuentes compartió los argumentos y ponderación de elementos de prueba presentados.

Fuentes Barrera dijo que no hubo certeza, legalidad ni autenticidad del sufragio y expuso que la nulidad era necesaria.

Mientras que en su intervención, la Magistra Mónica Soto dijo que no se cumplió con el principio de certeza de la elección, por lo que no se tuvieron resultados fidedignos.



Y concluyó que hubo inconsistencias en la custodia de los paquetes electorales que no permitieron al TEPJF determinar resultados claros.

Por otra parte, el Magistrado Reyes Rodríguez expuso que el supuesto de que se manipularon los paquetes no fue suficiente para anular elección, pues no se demuestra que se hayan alterado los paquetes.



Comentó que tampoco comparte el hecho de que la violencia registrada en 51 casillas sea motivo suficiente para anular, porque la participación en la elección fue de 67 por ciento.

Por su parte, el Magistrado Indalfer Infante tampoco apoyó el proyecto de anulación, pues dijo no estar de acuerdo en que hubo violación de la cadena de custodia de los paquetes y cuestionó por qué la coalición Juntos Haremos Historia no argumentó antes en el Tribunal local que la bodega no fue debidamente custodiada.

En este sentido, el Magistrado Felipe de la Mata tampoco compartió el proyecto de Vargas, debido a que no vio anomalía en la custodia de los paquetes y tampoco consideró que la violencia en las casillas anuladas fuera motivo para anular la elección.

 

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